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lunes, 5 de agosto de 2024

INFORMACION Y TRANSPARENCIA EN LA LEY POR EL DERECHO A LA VIVIENDA

 

El Capítulo II del Título IV (artículos 32 a 36) de la Ley por el Derecho a la Vivienda“Información y transparencia en materia de vivienda y suelo”, hace referencia a la voluntad de subsanar una de las causas fundamentales de la falta de eficacia de la política de vivienda: actuar sin la información, el análisis y el diagnóstico necesarios y gestionar sin transparencia. 

Detalladamente la Ley establece una amplia serie de obligaciones del Estado para que se elabore información y se haga pública con periodicidad anual. Objetivo tan necesario como factible y para el que sólo hace falta voluntad política, que hasta ahora sólo se ha manifestado al legislar. 

El artículo 32 obliga al Estado a “…elaborar y mantener actualizado un inventario del parque público de vivienda de su titularidad y de sus entes adscritos o dependientes, en el que se incluirá, al menos, la siguiente información: a) Identificación de las viviendas que lo componen, b) Características fundamentales de las viviendas, c) Situación de uso de las mismas y d) Características de las personas u hogares usuarios.” Se habrá de elaborar anualmente “una memoria sobre las características del parque público de vivienda y su utilización, debidamente actualizada, que permita la conformación de un mapa de la vivienda social para facilitar su acceso por parte de la ciudadanía. Asimismo, se recogerá la información sobre las actuaciones previstas para reforzar el parque de vivienda social en los próximos cuatro años”.

El artículo 33 obliga a “…detallar el presupuesto invertido anualmente en los diferentes programas de política de vivienda, a través de los instrumentos de colaboración con las administraciones competentes, diferenciando, al menos, en los siguientes destinos de gasto: a) Ayudas al alquiler de vivienda dirigidas a las personas arrendatarias, b) Promoción de vivienda en alquiler social o asequible, c) Promoción de vivienda sujeta a algún tipo de protección pública, d) Programas de intermediación en el alquiler, e) Ayudas a la rehabilitación edificatoria, diferenciando específicamente las que mejoren la eficiencia energética y promuevan la utilización de las energías renovables y la accesibilidad y f) Programas de regeneración o renovación urbana, especificando la inversión en actuaciones en asentamientos y barrios de alta vulnerabilidad incluyendo programas de realojo.” Habrán de publicarse con periodicidad anual, … “los datos indicados en el apartado anterior … indicando específicamente las cuantías que, en estos programas, hayan contribuido a favorecer el acceso a la primera vivienda por parte de jóvenes.”

Por su parte, el artículo 34, se refiere a la obligación de ofrecer “…información sobre el uso y destino del parque de viviendas de su ámbito territorial, con indicación, en términos agregados, del número de viviendas o de inmuebles de uso residencial que estén habitados por hogares y constituyan su residencia principal, así como aquellos que se hayan identificado como deshabitados o vacíos dentro de su ámbito territorial...” Información que deberá publicarse conperiodicidad anual“…especificando las medidas y acciones orientadas a la optimización del uso del parque de vivienda del ámbito territorial.”

El artículo 35 se refiere a la caracterización de la demanda de vivienda y dice que el Estado “… en la forma que se instrumente de acuerdo con las administraciones competentes, deberá detallar el número de personas y hogares inscritos en los registros de demandantes de vivienda habilitados para el acceso a los diferentes programas de acceso a la vivienda, diferenciando aquellas personas u hogares que actualmente residen en su ámbito territorial, de aquellos solicitantes que residen en otros ámbitos territoriales. Asimismo, se establecerán las principales características socioeconómicas de las personas y hogares demandantes de vivienda a partir de la información obrante en los referidos registros”. La publicación de la información será anual “… especificando las actuaciones realizadas, en curso y previstas para dar respuesta a la demanda existente.”

Por último, el artículo 36 establece la obligación de “…detallar el suelo disponible de titularidad [del Estado] “y de sus entes adscritos o dependientes, que se encuentre dotado de potencialidad edificatoria residencial en virtud de los instrumentos de ordenación urbanística, incluyendo, al menos, la siguiente información: a) Número de viviendas, superficie construida y tipología edificatoria. b) Situación del suelo en términos de urbanización. c) Situación en términos de clasificación y categorización urbanística, diferenciando entre suelo urbano consolidado, suelo urbano no consolidado, suelo urbanizable delimitado o sectorizado con ordenación pormenorizada y suelo urbanizable delimitado o sectorizado sin ordenación pormenorizada, o categorías equivalentes”. La publicación con periodicidad anual se hará “…especificando el suelo integrante del patrimonio público de suelo, obtenido en cumplimiento el deber legal de cesión…”

Lo establecido por la ley, si realmente se ejecuta, será un importante avance en el imprescindible conocimiento del sistema residencial, aunque habrá que ampliar la información georreferenciada sobre la dinámica de los hogares y de la totalidad del parque de viviendas para poder analizar y diagnosticar el problema con el rigor necesario para que las soluciones sean eficaces. 

Las posibilidades que ofrecen los numerosos registros administrativos existentes en formato digital y la capacidad de la tecnología disponible obliga a pensar que si no se avanza en las líneas que marca la ley será porque se apuesta por mantener las actitudes oscurantistas que impiden que se conozca mejor el funcionamiento del sistema residencial y que se efectúen las evaluaciones de las políticas aplicadas. Todo lo cual es imprescindible para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada.

No es fácil encontrar denuncias de responsables políticos acerca de la sinrazón de aplicar medidas sin el conocimiento del problema. Manuela Carmena, tras haber sido alcaldesa de Madrid, una vez fuera de la política activa y sin ataduras de partidos, se preguntaba “¿No es aterrador que en estos momentos no tengamos, por ejemplo, un mapa preciso, seguro y actual del número de viviendas vacías que hay en España? Hablamos sin parar del problema de la vivienda, de la necesidad de construir viviendas sociales o del alquiler asequible. Pero ¿dónde tenemos esos necesarios mapas del número de viviendas vacías, se pudiera decir ociosas, que pudieran ser una alternativa más inmediata que la nueva construcción?” (1)Hace mucho tiempo que, también en tono de denuncia, venimos preguntando por qué se elude obtener conocimiento y ofrecer transparencia. 

La Ley por el Derecho a la Vivienda apunta en el buen camino y en el nuevo Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se ha creado una Dirección General de Planificación y Evaluación de la que depende una Subdirección General de igual nombre a la que corresponde obtener la información que está establecida en la ley. Sólo queda confiar en que el proceso dé frutos pronto, se amplíe y se instaure con carácter permanente. El necesario pacto estatal sobre la vivienda debería empezar por algo tan obvio y, sin embargo sistemáticamente soslayado, como que sin un buen conocimiento del problema no será posible solucionarlo. 

(1) Carmena, M. (2021) “La joven política. Un alegato por la tolerancia y crítico con los partidos”. Madrid. Ediciones Península, p, 239 




miércoles, 23 de agosto de 2023

UTILIDAD DE LOS DATOS DE VIVIENDAS EN ALQUILER DE LA AGENCIA TRIBUTARIA

 La baja proporción de hogares viviendo en alquiler es uno de los rasgos característicos del sistema residencial español. A mediados del siglo pasado la mitad de los hogares vivían en alquiler, pero durante setenta años se han mantenido unas políticas claramente favorecedoras de la compra, que han ido convirtiendo el alquiler en algo residual. En los últimos años distintos factores económicos y sociales vienen haciendo que crezca la proporción de inquilinos, pero, como de costumbre, la información estadística es variada y, con frecuencia, contradictoria. En definitiva, poco fiable. A los datos del Censo de Vivienda y de las diferentes encuestas que realiza el INE, junto con los mas publicitados de los portales inmobiliarios, hay que añadir los de la Agencia Tributaria (AEAT), que desde 2019 publica datos de viviendas en alquiler a partir de la información recogida en las declaraciones del IRPF.

 

 

Lo primero que habrá que tener en cuenta es la “naturaleza” de esta fuente. Los datos se obtienen de las declaraciones del IRPF y, por tanto, no incluyen las viviendas cuyos propietarios no declaran. Se refiere a un “universo” de viviendas incompleto pero, en todo caso, los datos publicados por la AEAT dan pie a algunos comentarios sobre su posible utilidad a efectos de mejorar el conocimiento del mercado residencial. 

 

En esta estadística el total de viviendas principales incluye al 93,6% de las recogidas por el Censo de Vivienda 2021, mientras que las “viviendas arrendadas como vivienda habitual” representan sólo el 75% de las que en el Censo se denominan “viviendas cuyo régimen de tenencia es el alquiler”.  Los datos de la AEAT dan también una menor proporción de estas viviendas y, sobre todo, no reflejan la evolución positiva del alquiler que viene anunciando otras fuentes.


 

Total Viviendas

Viviendas arrendadas como vivienda principal

AEAT 2019

16.944.113

2.314.525

13,66%

AEAT 2020

17.078.444

2.148.789

12,58%

AEAT 2021

17.344.461

2.229.625

12,85%

Censo 2021

18.536.619

2.983.619

16,09%

 Fuente: Agencia Tributaria e INE


Estos datos, especialmente los de las viviendas arrendadas, pueden estar infravalorados por la existencia de fraude fiscal. De hecho, según diversas informaciones de la propia Agencia Tributaria, en los últimos años se vienen realizando importantes esfuerzos para combatir el fraude de los alquileres no declarados. Como en los años anteriores, en la campaña de la Renta de 2022, la AEAT advirtió que mandaría “avisos” a un colectivo de unos setecientos mil propietarios “para que declaren los alquileres” de sus viviendas. Por su parte el Sindicato de los Técnicos de Hacienda (Gestha), viene denunciando ininterrumpidamente una importante proporción de fraude.  En 2009 dice que “la mitad de los alquileres no se declara a Hacienda”, lo reitera en 2015 cuando dice que hay 1,3 millones de viviendas que no declaran y en 2020 estima que el fraude sigue sin bajar del 40%.

 

Por otra parte, como ya hemos señalado en numerosas ocasiones, los datos a nivel nacional a penas tienen otra utilidad que la de mostrar, con más o menos acierto, tendencias generales. Para actuar con eficacia en materia de vivienda, es necesario disponer de información a escala local, que es dónde se producen y se manifiestan los problemas que dificultan disponer de una vivienda digna y adecuada. En este sentido, otra limitación de los datos de la AEAT, explicada en la propia metodología de la estadística, es que cuando se dan datos por comunidades autónomas la misma vivienda puede estar imputada en varios ámbitos.  La vivienda es un bien raíz localizado en un territorio concreto, pero el o los propietarios de cada vivienda pueden ser residentes (y por tanto declarantes) en territorios distintos al de la ubicación física del inmueble, máxime en los supuestos de viviendas arrendadas, y ello provoca duplicidades. El error, que parte de la naturaleza de la fuente, podría ser fácilmente subsanable si, como hace el INE, se identifica a las viviendas a través de su número de referencia catastral. 

 

Esta estadística de la Agencia Tributaria permitirá hacer análisis detallados y fiables de la estructura económica de los propietarios de vivienda y de los arrendadores, pero para el conocimiento del parque residencial será más útil y fiable la información elaborada por el INE a través de la nueva metodología del Censo en la que cruza datos de Padrón, Catastro y de la propia Agencia Tributaria, entre otros. 

 

La comparación con los datos del Censo invita a pensar en un porcentaje menor de los alquileres no declarados, pero resulta difícil aceptar que aún permanezcan ocultos en una proporción tan escandalosa, a pesar de los medios de que se dispone. No es comprensible que no se controlen y se eviten con mayor eficacia este tipo de situaciones, en primer lugar por la obligación de eliminar el fraude y, no menos importante, para que desde otras administraciones se pueda utilizar esa información como herramienta necesaria para aplicar correctamente medidas incentivadoras de una oferta de alquiler asequible. 


Partiendo de esta misma fuente de la Agencia Tributaria, el INE publica  la "estadística experimental"  Índice de Precios de la Vivienda en Alquiler (IPVA), que merece comentario a parte.

miércoles, 12 de julio de 2023

EL CENSO DE 2021, LA GRAN OPORTUNIDAD DE ESTUDIAR A FONDO EL PARQUE RESIDENCIAL

Según el INE, en España hay un parque residencial de 26,6 millones de viviendas para 18,5 millones de hogares. Tocamos a casi una vivienda y media por hogar y hay problemas de escasez. El primer objetivo de las políticas de vivienda debería ser conocer a fondo el parque en cada territorio para intentar optimizar su utilización con el fin de facilitar el disfrute del derecho a una vivienda digna y adecuada a todos los hogares.

Como se sabe, el Censo de Población y Vivienda 2021 abre una nueva época para la información estadística. Se abandonan los anacrónicos procedimientos de recogida de la información mediante cuestionarios y encuestadores y pasa a estar totalmente basada en datos obtenidos de los registros administrativos.

 

Todo lo relativo a la vivienda se construye sobre la Referencia Catastral, que se utiliza como un identificador único, estable en el tiempo, que permite enlazar otros muchos ficheros y georreferenciar todas las viviendas y toda la información correspondiente a sus características físicas, económicas y jurídicas.  Sirve también para enlazar el directorio resultante de viviendas con el fichero censal de personas, lo que supone tener georreferenciada a toda la población y diferenciar así las viviendas principales -en la que reside habitualmente un hogar- de las que no lo son. A diferencia de censos anteriores, en esta ocasión el INE ha clasificados las viviendas no principales a partir del consumo de electricidad. Se ha considerado que una vivienda vacía es la que está desocupada todo el año, porque no tiene contrato de luz o la electricidad consumida no llega al umbral mínimo (el equivalente a 15 días al año para una vivienda media del municipio en cuestión). 


Ante la publicación por parte del INE del dato de viviendas vacías (3,8 millones) se ha despertado una vieja polémica sobre su fiabilidad y su significado



Nuevamente, se pone el foco en un dato a nivel nacional y se opina sin indagar sobre las causas, la localización de las viviendas o su habitabilidad. Con ello se llega a conclusiones tan erróneas como que esos casi cuatro millones de viviendas son otros tantos casos de atentado contra la función social de la propiedad u otras tantas oportunidades desaprovechadas de atender necesidades reales de alojamiento. Esta vacua polémica sobre la vivienda vacía es, en definitiva, un buen ejemplo del escaso interés que hay por disponer de un detallado y riguroso conocimiento de la utilización que se está haciendo del parque residencial en cada momento y en cada ámbito territorial. No es un objetivo inquisitorial ni confiscatorio, sino que, además de contribuir a mejorar la gestión fiscal y urbanística, es imprescindible para afrontar con eficacia el problema de la vivienda.


El Censo 2021 puede suponer un importantísimo avance en el conocimiento de las disponibilidades reales de los parques de vivienda, pero a partir de él habrá que crear registros locales, vivos y abiertos, que permitan hacer análisis considerando la ubicación, las características físicas, las condiciones de habitabilidad, la accesibilidad, la eficiencia energética, los resultados de la ITE, el carácter de la promoción, el tipo de propietario, el uso, el régimen de cesión, los precios… Todo lo necesario para llegar a clasificar las viviendas en función de su capacidad para atender necesidades de alojamiento.


La suma de los registros existentes (Padrón Municipal, Catastro, Agencia Tributaria …) permitirían sin demasiado esfuerzo disponer de la información que se hace imprescindible para diagnosticar con rigor y aplicar políticas de vivienda con criterio. No existe obstáculo técnico ni económico para hacerlo. No tiene justificación que no se estén utilizando todas las posibilidades de las nuevas tecnologías para crear sistemas de información digitalizada y georreferenciada, que hagan más transparentes los mercados y permita conocer, puntualmente y con detalle, el uso real y potencial de las viviendas en cada ámbito. Sólo así se podrán aplicar medidas eficaces para optimizar la adecuación del parque residencial a las necesidades de la sociedad, que, en definitiva, es de lo que se trata.


El nuevo censo permitirá elaborar análisis de “áreas problema”, superándose así el encorsetamiento de las circunscripciones administrativas y, al estar elaborado a partir de registros “vivos”, nada debería impedir disponer de actualizaciones anuales, superándose también así la progresiva pérdida de significado de los datos durante los decenios intercensales. 


¿Por qué las administraciones competentes no disponen todavía de registros administrativo de viviendas que permitan conocer con rigor la adecuación de las viviendas y el uso que tienen en cada momento? 

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NOTA: En 2008 elaboramos un detallado estudio sobre la vivienda vacía para el Ministerio de Vivienda, también nos hemos preguntado por el despilfarro social y territorial que pueden suponer las viviendas que no están siendo utilizadas y repetidamente hemos denunciado en este mismo blog las deficiencias de la información al respecto. 

viernes, 10 de marzo de 2023

¿POR QUÉ LOS MEDIOS NO INFORMAN BIEN SOBRE LAS POLÍTICAS DE VIVIENDA?

Primero El Intermedio (23/02/2023) y uno días después El País (6/03/2023) informan de que en Portugal “han descubierto el remedio” para el problema de la vivienda.



Es un tópico que en políticas de vivienda “está ya todo inventado” y que “no existen soluciones mágicas”. A poco informadas que hubiesen estado las autoras de estos reportajes, habrían evitado anunciar a la sociedad española el “descubrimiento” en Portugal de una “nueva solución” a un problema tan grave como la imposibilidad de acceder a una vivienda digna y adecuada.

El propósito de poner en uso las viviendas vacías es un objetivo necesario, muy loable y antiguo. Seguro que los técnicos portugueses saben que este tipo de políticas no son la panacea y que presentan serias dificultades y limitaciones para aplicarlas con éxito. Es más, probablemente lleven años aplicándolas y también conocen lo que al respecto se hace en España. Son políticas que forman parte de las denominadas “estrategias del palo” (recargas del IBI, expropiación temporal del uso de la vivienda…) y la “zanahoria” (apoyos en la gestión, financiación de la rehabilitación, seguridad, ventajas fiscales…), que, desde hace muchos años, se instrumentalizan en distintos ámbitos de nuestro país con modalidades diversas, como impone la complejidad jurídica y social del tema


Sin otra motivación que reclamar a los medios de comunicación mayor rigor cuando hablen de políticas de vivienda, recomiendo a estos “descubridores de mediterráneos”, que lamentablemente tanto abundan en estos tiempos de superficialidad y adanismo, que cuando traten el tema, profundicen en los muchos esfuerzos que ya se han hecho y se hacen para tratar de poner en uso las viviendas vacías y colaboren a difundirlos. Después, que alcen su voz para que los poderes públicos pongan aún más empeño en corregir el gran despilfarro social que representan las viviendas deshabitadas, para optimizar la utilización del parque residencial y contribuir con ello a paliar el problema de acceso a la vivienda.

lunes, 31 de octubre de 2022

SEAN BIENVENIDAS TODAS LAS INICIATIVAS QUE SE PROPONEN MEJORAR LA INFORMACIÓN Y DIFUNDIR EL CONOCIMIENTO DE LOS PROBLEMAS CON LA VIVIENDA.


El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana han presentado recientemente el Atlas Global de Vivienda, como la primera “plataforma de vivienda” "que integrará todos los datos sobre housing que existen en España” y que “permitirá visualizar y cruzar datos de otros países a partir de las seis barreras al acceso a una vivienda digna, adecuada y asequible identificadas en el Foro Internacional Affordable Housing Activation: desajustes, políticas y regulaciones, financiación, diseño y desarrollo urbano, promoción y producción y propiedad y tenencia.”

jueves, 4 de agosto de 2022

LA VIVIENDA Y EL "RETO DEMOGRÁFICO"

 El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha creado la plataforma Sistema Integrado de Datos Municipales (SIDAMUN) para ofrecer “on line” y con acceso libre “una colección de indicadores y datos de diferentes temáticas con el objetivo de facilitar el acceso a la información lo más detallada posible sobre el estado de situación del territorio “.

Además de la valoración ya realizada sobre las limitaciones del SIDAMUN en su conjunto, consideramos necesario hacer algunas puntualizaciones sobre el contenido del “bloque temático” dedicado a “vivienda y hogar”. Partimos de la idea de que el SIDAMUN se crea para facilitar el conocimiento de la realidad territorial, teniendo como meta dar respuesta al “reto demográfico” y, de forma muy específica, al “problema de la despoblación” en la mayor parte del territorio nacional. 

 

Las variables que se incorpora bajo el epígrafe “viviendas y hogar” son:

a)     número de viviendas 

b)     % de viviendas principales, 

c)      % de viviendas secundarias 

d)     % de viviendas desocupadas 

e)     el tamaño medio del hogar

f)      % proporción de hogares unipersonales

g)     viviendas turísticas, 

h)     número de plazas turísticas,

i)       plazas por vivienda turísticas

j)       Plazas turísticas/100 hab.

 

No se explica la utilidad de los datos ofrecidos, pero es obvio que la vivienda es un componente básico de la estructura de cualquier territorio y las proporciones de las situaciones de uso del parque pueden ser muy reveladoras de las funciones que ejerce o del grado de abandono del ámbito territorial de referencia. Se echa en falta que no se incluya ninguna información sobre las características físicas de las viviendas a pesar de que tienen una gran relevancia en la calidad de vida de los residentes. En todo caso, la información ofrecida sobre vivienda corresponde al Censo de 2011, lo cual le resta casi toda su posible utilidad. Es cierto que de momento no hay información censal mas reciente, pero sí existe información estadística de otros registros públicos y privados y sería deseable que, cuando estén disponibles los datos del Censo de 2021, su explotación sí sirva para generar conocimiento sobre la dinámica territorial. 

 

 


Es coherente incorporar en este bloque información sobre los hogares. Las variables que miden las distintas formas y tamaños de las unidades de convivencia son las que deben cruzarse con las características de las viviendas en el análisis territorial, pero los dos indicadores manejados en SIDAMUN son excesivamente simples y no permite establecer relaciones de adecuación con las viviendas. 

Por último, no es conceptualmente aceptable la inclusión en este bloque de la información sobre la oferta de viviendas turísticas. Se trata de una actividad económica, sin duda muy relevante en algunos territorios, pero la relación con las viviendas como parque residencial no va mas allá de la coincidencia del sustantivo “vivienda”, por el uso inapropiado que de él se hace al referirse a los alojamientos turísticos.


viernes, 29 de julio de 2022

OBSERVATORIO DE VIVIENDA ASEQUIBLE

 


Es una interesante iniciativa la del Observatorio de Vivienda Asequible de Proviviendafinanciado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030Se trata de una nueva herramienta online con vocación de aportar información y conocimiento sobre la situación, las causas y las consecuencias de las graves carencias de vivienda asequible en España.







Siempre hemos denunciado la falta de información oficial, puntual y fiable sobre el parque de vivienda existente y sobre las necesidades de vivienda asequible por ámbitos territoriales específicos. Consideramos que hay que vincular el origen del problema de la vivienda con la carencia de conocimiento, sobre el que deberían fundamentarse las políticas,  y con la opacidad del mercado.

 

La plausible iniciativa de Provivienda es un valioso intento de modificar esa situación, pero el problema de la vivienda, de su asequibilidad, se manifiesta localmente y las referencias a nivel nacional o provincial, aunque puedan aportar conocimiento, tienen escasa utilidad práctica para implementar actuaciones.

Será necesario confiar en el aprovechamiento de las muchas posibilidades que ofrecerá el Censo de 2021, para poder poner, por fin, el conocimiento del sistema residencial en el nivel necesario para efectuar diagnósticos precisos y correctos sobre los que fundamentar las actuaciones dirigidas a solventar los problemas de asequibilidad.

Hay que seguir reclamando  la actualización de los datos del Sistema Estatal de Índices de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (2015-2020) o de informes como el Boletín Especial de Vivienda Social (2020) del MITMA. 

lunes, 23 de mayo de 2022

¿POR QUÉ ES NECESARIO REPETIR ALGUNAS OBVIEDADES SOBRE LA VIVIENDA?

SE habla mucho sobre “la vivienda” pero raras veces desde la consideración de que es una realidad poliédrica, que tiene que ser estudiada desde distintas perspectivas. La vivienda es un espacio con características físicas y localizaciones muy diversas, cuya existencia se justifica por su utilidad para proporcionar alojamiento digno, seguro, confortable, como respuesta a una necesidad vital reconocida como un derecho fundamental universalmente reconocido.

Desde hace más de 100 años los poderes públicos de los países más avanzados asumen la responsabilidad de emprender políticas garantizar el derecho a la vivienda, pero ningún país, ni siquiera en los que tienen un estado de bienestar más completo, más perfecto, pueden afirmar que se haya solucionado satisfactoriamente lo que se conoce como “el problema de la vivienda”.

El derecho a la vivienda es indisociable del “derecho a la ciudad”: a poder acceder a servicios y equipamientos que garanticen otros derechos básicos (educación, sanidad...) y proporcionen unos mínimos niveles de calidad de vida.

La vivienda es también un componente básico del espacio urbano, de la ciudad y de la estructura territorial. 

La vivienda es también un activo económico, una forma de ahorro y de inversión. En España es el componente principal -cuando no único- del patrimonio de la inmensa mayor parte de las familias. 

En torno a la vivienda se sitúan grandes intereses económicos del sector inmobiliario, del sector de la construcción y del sector financiero. 

La fiscalidad de la vivienda es una importante fuente de financiación de todas las administraciones. 

Es necesario analizar la vivienda, en cuanto que repuesta a las necesidades de alojamiento, con un enfoque global, “holístico”, considerando la totalidad de los elementos, factores y agentes privados y públicos implicados en: su construcción, los mercados, el ordenamiento jurídico, las actuaciones públicas, sus condiciones de habitabilidad y su utilización. 

Pero ese análisis necesario no es posible porque se carece de la información estadística y del conocimiento necesarios sobre el parque residencial, sus características, su estado, su uso. Tampoco se conocen las necesidades de vivienda. Esa carencia de información, de conocimiento, es tan grave como incomprensible en un tiempo con enormes posibilidades de obtener y tratar la información.

Si no se conoce bien el presente no se puede actuar con garantías para mejorar del futuro. Sólo se entiende tanto énfasis regulatorio sobre la vivienda y tan poco interés en conocer la realidad si lo que se pretende no es una mejora efectiva sino medidas estéticas (llamémoslas populistas o de mero compromiso político). 


viernes, 11 de marzo de 2022

¿MIEDO A LA INFORMACIÓN? LOS PROBLEMAS DE LA VIVIENDA NO SE RESOLVERÁN SIN CONOCIMIENTO

Los millones de datos existentes en los muchos registros administrativos permitirían crear la información y conocimiento necesarios para mejorar rápida y ostensiblemente la gestión pública, haciéndola más eficiente. Con los registros existente y la capacidad de las nuevas tecnologías, ninguna administración debería tener impedimentos técnicos ni económicos para hacerlo, pero, salvo en puntuales y honrosas excepciones, no lo hacen. 

Un caso palmario es la carencia de información sobre el parque residencial y las necesidades de vivienda. Por ejemplo, tras muchos años en los que las estadísticas de precios eran únicamente producidas y difundidas por entidades privadas, no exentas de intereses en el mercado, en junio de 2020 el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) hizo público un índice de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda, una herramienta que pretende ofrecer información anual fiable y contrastada, que sirva de referencia para conocer la situación y la evolución del mercado del alquiler residencial. Se trata también de crear un instrumento útil para delimitar ámbitos concretos de intervención con objeto de facilitar el acceso a la vivienda a precios asequibles. Pero los datos se publican con un desfase de dos años y la primera actualización se ha producido, con retraso, en marzo de 2022. Sin entrar en otras debilidades técnicas, el desfase de 24 meses deja prácticamente sin utilidad esa pretendida “referencia” para un mercado tan dinámico y coyuntural como suele ser el del alquiler de viviendas.

Es solo un ejemplo, pero pone de manifiesto que, disponiendo de los medios, las administraciones no los emplean para facilitar información y generar el conocimiento necesario sobre las causas que más directamente inciden en el agravamiento de un problema estructural tan relevante como el de la vivienda. 

Habría que preguntarse por los motivos del desinterés por elaborar información que, adecuadamente analizada, permita generar conocimiento y hacer diagnósticos acertados del problema, pasos previos necesarios para que las soluciones a aplicar sean eficaces. Al no deberse a la carencia de medios, podría achacarse a la ausencia de voluntad política, inducida por la propia ignorancia, pero quizás será más acertado considerar que se trata de una estrategia premeditada para ocultar la realidad. 

La información y el conocimiento puestos a disposición de los ciudadanos limitarían las arbitrariedades en la actuación de los poderes públicos. Pero, como ocurre en el caso del problema de la vivienda, la ausencia de transparencia permite que las causas queden ocultas por el ruido mediático provocado sobre uno de sus síntomas: el encarecimiento del alquiler. La discusión sobre las medidas coyunturales a adoptar para una hipotética regulación de los precios, deja fuera de foco las verdaderas causas del problema: el suelo, el modelo de desarrollo urbano, la inexistencia de un parque público de viviendas en alquiler con precios asequibles... 

Es “incómodo” para los gobernantes, desde alcaldes a ministros, sacar a la luz, en toda su extensión y profundidad, la auténtica naturaleza y el alcance de los problemas. Obtener y difundir conocimiento sobre la habitabilidad y el uso del parque residencial obligaría en muchos casos a tomar medidas muy costosas, arduas e, incluso, poco populares, pero que son imprescindibles para combatir con eficacia las dificultades de amplias capas de la sociedad, especialmente los jóvenes, para disponer de una vivienda digna y adecuada. 

¿Sería suficiente mejorar el conocimiento de las causas del problema de la vivienda para que cese la inútil política de “parches” que se viene aplicando durante decenios? Seguramente, no, pero, sin duda, es un paso imprescindible.

sábado, 18 de diciembre de 2021

La dinámica demográfica no es la causa, es la consecuencia.

 

Reflexiones sobre cómo la ausencia de conocimiento favorece la demagogia


Se ha institucionalizado lo que llaman “reto demográfico”, pero seguimos sin analizar con el mínimo rigor científico la interacción de la evolución de nuestra población con el territorio. 


Este estado de desconocimiento de los fundamentos de la dinámica geodemográfica favorece que el activismo victimista de la “España vaciada” esté utilizando la despoblación de ciertos territorios como herramienta electoral y, nuevamente, como argumento para intentar establecer, en beneficio propio, los criterios que han de regir en el reparto de los fondos estatales para la recuperación económica y la financiación de las haciendas autonómicas.

Para asignar los fondos con los que se han de atender las necesidades de la sanidad pública, la educación obligatoria o los gastos sociales, entre otros, es razonable considerar el número de habitantes y ponderarlo por la composición y por la distribución espacial de la población. Más discutible es cómo se determinan los pesos de las diferentes variables en cada territorio: cómo deben valorarse el crecimiento, el envejecimiento, la densidad o la dispersión de la población. En ese proceso, las limitaciones de las fuentes estadísticas y la estructural debilidad de la capacidad de análisis conducen a la simplificación de unos indicadores que, al carecer de solidez conceptual y técnica, quedan al albur de las decisiones políticas para su interpretación y aplicación.

El adanismo dominante entre los políticos y en los medios podría hacer pensar que los desequilibrios existentes entre territorios, que básicamente se achacan al aislamiento, a las bajas densidades y al vaciamiento, son un nuevo reto de nuestro tiempo, pero nada más lejos de la realidad. La actual redistribución espacial de la población española se caracteriza por una gran variedad de situaciones y marcadas diferencias entre regiones y comarcas, que se han ido modelando a lo largo de los siglos por las distintas opciones que ofrece en cada caso el medio natural y agudizadas desde mediados del siglo pasado por la culminación del proceso de urbanización, dentro de un modelo de desarrollo que, al exigir eficiencia económica, ha favorecido los desequilibrios.

Durante todo el proceso de desarrollo los poderes públicos han postergado los objetivos de equidad y cohesión que podrían haber contrarrestado esa dinámica de desequilibrios territoriales. Por el contrario, especialmente durante los últimos decenios, los gobiernos de los diferentes ámbitos territoriales de todas las escalas, han basado sus políticas en criterios de competitividad interterritorial, excluyendo, como norma general, actuaciones inspiradas en criterios de cooperación. En este contexto es inevitable que se acentúe la desigualdad de oportunidades y de calidad de vida para las personas, provocando desplazamientos hacia las zonas con mejores ofertas.

Es urgente intentar reducir los desequilibrios territoriales a las diferentes escalas, pero eso no se conseguirá con un reparto de fondos justificado con simples indicadores demográficos. Para optimizar la gestión de los recursos públicos habría que superar algunos errores conceptuales básicos en el diagnóstico y en las propuestas de solución:

  • Los componentes de la dinámica geodemográfica no actúan como variables independientes. Forman parte de un complejo proceso histórico en el que interactúan factores del medio natural, sociológicos, económicos y políticos. Es, cuando menos, ingenuo proponer soluciones milagrosas a base de repartos puntuales de dinero público. No se puede prescindir del contexto histórico, ya no estamos en la era industrial, ahora son distintos los factores que regulaban la localización del empleo y de la residencia y ello requiere distintas las soluciones.
  • Hay que superar los atavismos poblacionistas basados en considerar el crecimiento de población como síntoma de pujanza, mientras que la pérdida de habitantes se interpreta como anuncio inequívoco de decadencia, ignorando el valor intrínseco del territorio como recurso y como patrimonio natural.  
  • Más que remarcar límites administrativos, que fragmentan y enfrentan a territorios, hay que partir del reconocimiento de que, con las actuales pautas de movilidad de las personas y las capacidades que ofrecen los avances tecnológicos, es obligado revisar la actual imputación de la población a las circunscripciones administrativas en que se fija oficialmente su residencia, ya que cada vez con mas frecuencia los ámbitos que más se utiliza por razones de trabajo, estudios, consumo, relaciones sociales, ocio… no coinciden con los municipios de empadronamiento. Son municipios o comunidades autónomas a las que no se pertenece oficialmente, pero en las que también se tienen necesidades básicas y derechos. Sin duda las distintas administraciones públicas tendrán que adaptarse a las exigencias de gestionar una sociedad mucho mas compleja y variable en su localización sobre el territorio.  
  • Sería un grave error no aprovechar al máximo todas las soluciones que ofrecen las nuevas tecnologías para corregir el aislamiento y mejorar la prestación de servicios, persiguiendo objetivos de equidad en la calidad de vida y de cohesión territorial. Sin olvidar que estos objetivos no deben valorarse exclusivamente en términos económicos, sería también un error no medir la eficacia de las “inversiones públicas reequilibradoras”, así como conocer y hacer transparentes los costes por habitante de las prestaciones de los servicios públicos en cada uno de los distintos tipos de territorios.

martes, 29 de septiembre de 2020

BOLETÍN ESPECIAL DE VIVIENDA SOCIAL

 El Observatorio de Vivienda y Suelo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbanaha publicado un Boletín Especial de Vivienda Socialcon el propósito de ofrecer un “análisis de los principales datos acerca de la vivienda social en España”. Cabe esperar que sea el inicio de una tarea que incomprensiblemente no ha se ha realizado en los setenta años de actuaciones de vivienda de promoción y de protección pública, máxime cuando como se señala en la presentación del Boletín se trata de una información “clave para favorecer el ejercicio del derecho a una vivienda digna y adecuada”.

En numerosas ocasiones hemos reclamado información detallada y permanentemente actualizada sobre las características y el uso de todas las viviendas, especialmente las que han sido construidas con ayudas públicas. Confiemos en que esta iniciativa del Observatorio de Vivienda tenga continuidad y culmine con un sistema de información propio de la tecnología actual y capaz de dar la respuesta adecuada a la necesidad de conocimiento sobre el sistema residencial.  


El Boletín contiene datos obtenidos mediante un cuestionario enviado a las administraciones autonómicas, ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y otras entidades locales, con objeto, entre otros, de recabar información sobre la situación y características del parque de vivienda social, que asciende a unas 290.000 de “titularidad pública, destinadas al alquiler social o de renta limitada”. 180.000 son de titularidad de las comunidades autónomas y entidades dependientes, y las otras 110.000 pertenecen a los ayuntamientos y entidades dependientes. Esas 290.000 viviendas suponen en 2019 oferta de alojamiento para el 1,55% de los hogares residentes en España. 

El primer capítulo se dedica la actividad de promoción de vivienda protegida en España desde 1980: 




martes, 28 de julio de 2020

El Tribunal Supremo suspende la obligación de facilitar información sobre los alquileres turísticos

 


En 2017 el Ministerio de Hacienda había regulado la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, ahora el Tribunal Supremo ha dictado sentencia declarando nula esa obligación por no haberse cumplido con el precepto de comunicar su tramitación a la Comisión Europea.


La sentencia atiende al recurso presentado por la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital) y elimina la posibilidad de obtener de las plataformas información sobre la propia vivienda a través del número de referencia catastral; sobre las personas o entidades cesionarias y los beneficiarios; y sobre los días que ha estado alquilada y el precio. 

 

La sentencia se fundamenta en un defecto de tramitación del Real Decreto 1070/2017, pero ello no menoscaba la necesidad de que se regule el alquiler turístico de viviendas, por los efectos muy negativos que puede tener al reducir la oferta y encarecer los precios de viviendas, cuya construcción fue autorizada por los respectivos ayuntamientos para satisfacer el derecho a una vivienda digna y adecuada de los residentes.


Al margen de esa regulación y del control de las obligaciones fiscales, la iniciativa del Ministerio de Hacienda tenía también efectos muy positivos sobre la producción de información y generación de conocimiento a cerca del funcionamiento de los parques residenciales.