viernes, 25 de noviembre de 2016

La ciudad es de todos


El interesante  Blog  Seres Urbanos,  que coordina Gemma Solés, nos ha brindado la oportunidad de publicar una breve nota para difundir el curso “La ciudad, espacio público/interesesprivados”


Autor invitado - Julio Vinuesa Angulo


El “éxito” de las ciudades como espacios elegidos para vivir viene determinado por las oportunidades que ofrecen para alcanzar un mayor bienestar. El “derecho a la ciudad”, poder beneficiarse de las ventajas que comporta residir en ellas, es indisociable del derecho a una vivienda digna y adecuada, que solo lo será en un espacio que permita disfrutar de los bienes y servicios necesarios para satisfacer derechos básicos como la seguridad, la educación, o la sanidad.  Las ciudades son el resultado del esfuerzo colectivo de las sucesivas generaciones que las han creado y les dan vida; son mucho más que una sucesión de espacios públicos y privados, aunque el creciente predominio de lo privado ponga en riesgo el derecho de todos a la ciudad.

La defensa de la propiedad privada y las garantías que sobre ella se establecen constituyen uno de los fundamentos de nuestro sistema jurídico y económico y en ciudades, como las nuestras, con elevadas proporciones de propietarios privados, con un mercado inmobiliario poco transparente y especialmente sujeto a tensiones especulativas, crecen las dificultades para que los espacios públicos, los elementos comunes, sean valorados desde la perspectiva del interés general y como garantía del derecho de todos a la ciudad. 

Frente al inequívoco reconocimiento social de los derechos de los propietarios privados en el uso de su espacio urbano, encontramos más sombras que luces cuando se trata de argumentar a favor de otros principios fundamentales como “la función social de la propiedad”, la “prevalencia del interés general” o la “defensa de lo público”.  

En la gestión del patrimonio público es frecuente que la potencial rentabilidad social quede relegada ante rentabilidades económicas a corto plazo. Cuando se enajenan bienes inmuebles o suelo público se suele ignorar que “su valor” para el futuro de nuestras ciudades está muy por encima de “su precio” actual. ¿Con qué criterios se decide la privatización de patrimonios públicos urbanos que tendrían que estar llamados a mejorar la calidad de vida en nuestras ciudades.? La privatización de los parques de vivienda pública, tanto si se trata de la venta a los adjudicatarios como -aún mucho peor- si se venden a fondos de inversión, es el ejemplo más extendido y perdurable de cómo las administraciones locales han preferido aplicar tácticas cortoplacistas de financiación o de saneamiento de sus haciendas, eludiendo una estrategia a largo plazo a favor de garantizar a todos el derecho a la vivienda y a la ciudad. 

Cuando no se protege adecuadamente el medio ambiente, ni los paisajes, ni los bienes culturales o elementos identitarios, generalmente se está postergando el interés general frente a intereses de propietarios privados y otras utilidades particulares: la ciudad de los propietarios a la ciudad de todos. Cuando se proponen grandes actuaciones urbanísticas de operadores privados se argumenta a favor porque se trata de una “inversión económicamente muy beneficiosa” y por ello incuestionable. No se considera en igual medida su incidencia sobre la ciudad existente como realidad y como proyecto social colectivo. 

Si la irrelevancia de la “ciudad-patrimonio-común” frente a intereses individuales es un elemento cultural diferenciador de la sociedad española habría que estudiar la forma de cambiarlo, pues constituye la base sobre la que se asienta un modelo de hacer ciudad que desprecia valores tan necesarios como la equidad o la cohesión social.  



miércoles, 24 de agosto de 2016

La política de vivienda es política social.

En repetidas ocasiones hemos insistido sobre la necesidad de cambiar el carácter que tradicionalmente se le ha dado a la política de vivienda en España. Desde la posguerra, cuando había un enorme déficit y el país no era capaz de construir todas la viviendas necesarias, la acción política ha estado orientada a promover su construcción. Esa política, entonces justificada, dejó de tener sentido hace varios decenios, pero la construcción de viviendas es el componente fundamental del negocio inmobiliario y su dimensión social es utilizada como pretexto para justificar cualquier propuesta de crecimiento urbano.

Hasta ahora no ha existido una auténtica política de vivienda, centrada en satisfacer el derecho de todos los ciudadanos a disfrutar de un alojamiento digno y adecuado. El objetivo ha sido favorecer las "positivas repercusiones económicas" del negocio inmobiliario en un modelo económico excesivamente apoyado en la construcción.

De acuerdo con la noticia publicada en INMODIARIO, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación del Gobierno de Aragón trata de “…reformular la política de vivienda desde una visión más social…” Desde un punto de vista práctico la medida puede resultar poco relevante, tan sólo se han incorporado un total de 6 trabajadoras sociales al organigrama. Lo importante es la declaración de intenciones del consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda:  "es un cambio orientado a que las políticas de vivienda del Gobierno de Aragón se centren en garantizar el derecho a una vivienda digna".  Una afirmación que  podría parecer una obviedad pero que supone la buena noticia de que en otro gobierno local se ve la necesidad de hacer una política de vivienda diferente. 








domingo, 15 de mayo de 2016

Conclusiones del curso “Un nuevo paradigma para la vivienda”.


Se presentan aquí  en nueve puntos algunas conclusiones del curso “Un nuevo Paradigma para la Vivienda”,  celebrado en La Casa Encendida, de noviembre de 2015 a abril de 2016. Han sido elaboradas desde los planteamientos iniciales del curso y con las aportaciones de los ponentes que han participado en las seis sesiones.



Con este curso no se ha pretendido elaborar una teoría indiscutible, pero sí seguir insistiendo en la necesidad  de cambiar las políticas de vivienda. Continuar los razonamientos, las reflexiones que ponen en evidencia los errores en unas prácticas que no han impedido la especulación, ni han recuperado las plusvalías generadas en beneficio de la sociedad y tampoco han aliviado el problema de la vivienda.

      I.         El problema de la vivienda se manifiesta en el desajuste entre unas acuciantes necesidades de alojamiento y una oferta extremadamente cara y mercantilizada. De la doble dimensión económica y social de la vivienda, en un sistema con un predominio abrumador de la vivienda en propiedad hay una total supeditación a las reglas de un mercado fuertemente especulativo que deja postergados principios como el de la función social de la propiedad.
     II.         La vivienda ha de entenderse como una porción de espacio urbano, el derecho a una vivienda digna y adecuada sólo se satisface si se complementa con el derecho a la ciudad. Una vivienda digna y adecuada en un espacio urbano de calidad.
   III.         El problema de la vivienda comienza y se agrava por el desarrollismo urbano sujeto a las reglas del negocio inmobiliario y de la especulación. Hay que regenerar el Urbanismo como acción política para propiciar un uso racional y sostenible del territorio a partir de criterios de equidad y de cohesión social, contrario a la especulación y en defensa del interés general.
  IV.         El problema de la vivienda requiere más y mejor conocimiento sobre el estado del parque y su utilización y sobre la dinámica de hogares, pero a nivel local y, siempre, desde la perspectiva de su carácter social.
    V.         Nunca ha existido auténtica política social de vivienda. Las políticas de vivienda han estado fundamentalmente orientadas a ofrecer facilidades financieras y fiscales para dinamizar la demanda en favor de una producción (sectores financiero, inmobiliario y  de la construcción) que ha llegado a ser irracional por excesiva. La política de vivienda ha de desarrollarse como servicio público en el marco del “Estado social” y al margen del mercado de vivienda-inversión.
  VI.         La desigualdad social es más la causa que una consecuencia del problema de la vivienda. La preocupación política y social por el problema de la  vivienda se limita a paliar algunos de sus síntomas más dramáticos, pero no se plantea combatir la causas. Las políticas de vivienda no ocupan un lugar destacado en los programas sociales de los partidos políticos. Interesa el stock de vivienda nueva vacía en la medida en que constituye un problema para el sector financiero.
 VII.         Es necesario disponer de una legislación específica de vivienda. Una ley que regulen el derecho subjetivo a una vivienda digna y adecuada y las obligaciones de los poderes públicos de satisfacer ese derecho, coordinando los muchos aspectos que confluyen (desde el planeamiento, a la regularización financiera y fiscal de la vivienda, la función social de la propiedad, la ley hipotecaria, la ley de propiedad horizontal…)
VIII.         Son necesarios cambios legislativos y dedicación de los recursos públicos para crear un sistema basado en nuevas formas de acceso y gestión de la vivienda que garantice el derecho a una vivienda digna (como servicio público), con actuaciones como:
·     Favorecer la promoción de vivienda para alquiler a precios asequibles
·     Puesta en uso de viviendas vacías para alquiler asequible.
·     Primar la rehabilitación y la regeneración del parque existente frente a la promoción de vivienda en nuevos desarrollos.
·     Programas de ayudas personales al alquiler.
·     Garantizar servicios de emergencia habitacional.
   IX.         El cambio de modelo no se conseguirá sin movimientos ciudadanos fuertes y decididos. Ni los agentes económicos ni los poderes políticos van a acometer las reformas necesarias sin una fuerte presión social.


lunes, 18 de abril de 2016

COMPETENCIAS MUNICIPALES EN MATERIA DE VIVIENDA


La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, vino a modificar algunos artículos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Pero la redacción de los apartados 1 y 2.a) del punto Ocho, mantiene literalmente el artículo 25 de la Ley 7/1985. Es el artículo en el que se recoge la competencia para la Promoción y gestión de la vivienda de protección pública indicando que ha de realizarse con criterios de sostenibilidad financiera”:
“1. El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo.

2. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:

a)     Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.”

Se suele justificar la inactividad municipal en materia de “promoción y gestión de vivienda de protección pública” por una razonable falta de capacidad. Pero la competencia que les otorga la ley está vinculada a la responsabilidad de prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”.

Aceptando la falta de capacidad financiera y de gestión de muchos ayuntamientos para promover vivienda, nada debería impedir otro tipo de actuaciones dirigidas a facilitar el derecho a una vivienda digna y adecuada a todos los vecinos. Antes que plantearse la creación de parques públicos de vivienda, los ayuntamientos deberían esforzarse en disponer de servicios sociales capaces de garantizar ese derecho.

Sin necesidad de promover directamente un parque de vivienda pública, difícil de financiar y de gestionar, hay otras muchas posibilidades de acometer acciones para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. Todos los ayuntamientos pueden combatir desde el planeamiento urbanístico las prácticas especuladoras de un urbanismo desarrollista que contribuye a encarecer la vivienda. El desarrollo urbanístico, en el caso de que se produzca, debería servir para constituir patrimonios públicos de suelo con las cesiones previstas por la legislación (ya desde la Ley de 1956). Ello podría enfocarse, por ejemplo, hacia la cooperación con empresas sin ánimo de lucro, cediendo suelos en derecho de superficie para la construcción de viviendas en régimen de alquiler social. No puede mantenerse la perversión que supone vender el patrimonio para financiar actuaciones que, al margen de su discutible racionalidad territorial, se anteponen injustamente a la atención de necesidades sociales básicas como la vivienda.


Con las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías y los numerosos registros administrativos existentes, nada debería impedir que cualquier ayuntamiento, por pequeña que sea su capacidad de gestión, conozca en detalle el parque de vivienda del municipio, sus características y su utilización. Nada impide actuaciones dirigidas a movilizar hacia el alquiler social las viviendas deficientes o no utilizadas. 

jueves, 14 de abril de 2016

¿Sigue creciendo el alquiler?


Los datos de la última “Encuesta Continua de Hogares”  (año 2015), publicados por el INE, reflejan que continúa creciendo la proporción de los hogares cuya vivienda es alquilada. Se trataría de una buena noticia si estuviésemos ante un proceso de diversificación de la oferta de vivienda, que eliminase la “obligación” de comprar.

Según el censo de 2001, la proporción de viviendas principales en alquiler era del 11,4 %. En 2011 el Censo reflejaba un ligero incremento: 13,5 %. La Encuesta Continua de Hogares viene reflejando un suave pero constante crecimiento de la proporción de las viviendas en alquiler que, según el último dato, alcanzaba el 17,5% a mediados de 2015.





Ahora bien, si vemos los hogares que viven en alquiler según la nacionalidad de las personas que los integran, resulta que los “exclusivamente españoles” mantienen unas proporciones similares a la del Censo de 2001, mientras que las proporciones de hogares con otras nacionalidades se sitúan por encima del 50%.



Que sea mayor la proporción de inquilinos entre los extranjeros es una circunstancia nada sorprendente, pero el desglose de los datos supone una importante puntualización sobre la dimensión real del cambio que se viene anunciando con respecto al incremento de los hogares que viven en alquiler. Los hogares con extranjeros representan el 11% del total y el 40% de los que viven en alquiler.

Otro aspecto importante, sobre el que la encuesta no da información y sobre el que convendría profundizar, es la relación entre el régimen de tenencia y el nivel de renta de los hogares. Todo hace pensar que, tras estos datos de la población extranjera, hay sobre todo factores de segregación social y espacial que deberán ser corregidos.