jueves, 25 de febrero de 2016

LOS ANTECEDENTES FRANQUISTAS DE LA POLÍTICA DE LA VIVIENDA SOCIAL

Luis Moya González, Catedrático de Urbanística y Ordenación del Territorio en la ETS de Arquitectura de Madrid, ha publicado en el número 100 de Cuadernos de Investigación Urbanística un artículo titulado "Los antecedentes franquistas de la política de la vivienda social", cuya lectura recomiendo.

Resumen:
“Además de otras razones conocidas y publicadas para explicar la “burbuja inmobiliaria” y su consecuente crisis posterior que se produce en España con el cambio de siglo, no se ha reparado suficientemente que el problema de la vivienda no es coyuntural sino que es el resultado de una estructura inmobiliaria, que si no tiene su origen estrictamente después de la Guerra Civil, sí es el momento de su sistematización y puesta en práctica, sin interrupción hasta nuestros días. En efecto, el proceso no sufre cambios sustanciales con la nueva democracia, y solo cabría destacar algún intento de nueva legislación sobre el alquiler, la fiscalidad y el control de las viviendas vacías, en el Gobierno de Rodríguez Zapatero de alrededor de 2005; lo cual, sin embargo, ha quedado en suspenso con el advenimiento de la crisis económica”



La vivienda como principal refugio del dinero. ¿Hasta cuando?



Idealista ha publicado (22/02/2016) el artículo “Los 10 factores que animan a seguir invirtiendo en vivienda” que haciéndose eco de un informe de la “firma de asesoramiento financiero Arcano” anima a los inversores a decantarse por la vivienda: “El inmobiliario sigue firme frente a la inestabilidad de los mercados bursátiles y la baja rentabilidad de los bonos”.

Mantener un modelo (económico-social-urbanístico) en el que la vivienda es el principal objeto de inversión entra en contradicción con el artículo 47 de la Constitución Española; cuando menos es un factor desencadenante de la especulación y encarecedor que pone límites al derecho a una vivienda digna y adecuada.

Junto a la intención favorecedora del mercado de este tipo de informes hay que criticar también la inconsistencia de algunas de las argumentaciones utilizadas.  En el artículo, tuiteado por Tinsa España, en concreto, se dice:

“La población, otro factor determinante para conocer la demanda de viviendas a largo plazo,  se estabiliza por primera vez en los últimos seis años. En el primer semestre de 2015 se produjo un decrecimiento neto de 26.000 personas, el más bajo de los últimos años. Las previsiones para el cierre del año pasado son que se alcance la estabilización. “España está volviendo a recibir inmigrantes por primera vez desde 2009, mientras la emigración ya se ha visto reducida en un 18%”, afirma el análisis macroeconómico realizado por Arcano.”


Unos mínimos conocimiento de análisis demográfico permiten saber que una insignificante variación coyuntural en los flujos migratorios no se puede utilizar como indicativo de ninguna tendencia de la demanda de vivienda “a largo plazo”  y que, en todo caso, su efecto sería mínimo en comparación con los de la "inercia" de una pirámide en la que los flujos de nuevos hogares por emancipación son decrecientes a la vez que se intensifican los flujos de los hogares que van desapareciendo por extinción.

martes, 23 de febrero de 2016

¿Para cuando un censo de las viviendas no principales?

La Sociedad de Tasación ha presentado recientemente ante los medios un “Censo de Vivienda Nueva. Comunidad de Madrid y Madrid Capital, 2016” y es interesante observar la unanimidad con que la prensa anuncia con titulares de cierto tono alarmista que, según el informe de ST,  en un plazo de 10 meses podría acabarse lavivienda nueva en la Comunidad de Madrid. Se advierte que no se están acometiendo las suficientes promociones como para cubrir la demanda que se viene registrando.

No es mi intención entrar a valorar en detalle la muy cuestionable información ofrecida por este censo. Sólo es una acción más de la estrategia del negocio inmobiliario, tratando de animar las ventas. “¡Compren ahora que se acaban!"

Es más conveniente insistir en la necesidad de un censo completo del estado y el uso de las 300.000 viviendas no principales existentes en la Comunidad de Madrid. 

martes, 16 de febrero de 2016

Deficiente información sobre los bienes inventariables del Estado. ¿Para cuando la “transparencia”?


En un post que publiqué en TRyS  en 2013 confiaba en que la Ley de Transparencia, entonces en tramitación, pudiera suponer un paso definitivo para conocer el patrimonio inmobiliario de las administraciones y muy especialmente el número de viviendas de titularidad pública y el uso que se les esté dando en cada momento.

El pasado mes de enero el Tribunal de Cuentas ha emitido su “Informe de fiscalización de la gestión y control contables del inmovilizado material de la Administración del Estado”  en el que, junto con otras muchas deficiencias de la Central de Información de Bienes Inventariables del Estado (CIBI), denuncia que:

“Se ha observado la existencia de dos grupos de bienes cuya gestión y control corresponde al Ministerio de Fomento que no están inventariados:

− Viviendas de la DGAVS (antigua DGVAU). Este órgano no dispone de un inventario de los bienes cuya gestión y administración tiene atribuidas según la disposición adicional decimonovena de la LPAP (en términos generales, viviendas del extinguido Instituto para la Promoción de la Vivienda), lo que repercute tanto en la información que sobre ellas debería reflejarse en CIBI como en los saldos del Inmovilizado material de la AGE.

Esta falta de inventario se debe a que la DGAVS desconoce la totalidad de las viviendas de titularidad pública cuya gestión le corresponde, encontrándose en un proceso de obtención y depuración de la información que sobre viviendas de titularidad de la AGE existe en los diversos Registros de la Propiedad. Este proceso no está siendo coordinado con la DGPE, como órgano responsable de la gestión de CIBI.”

Dos años después de la aprobación de la Ley de Transparencia y a pesar de los requerimientos que, en relación con los patrimonios públicos de vivienda, han hecho las Oficinas de los Defensores del Pueblo a las Comunidades Autónomas, sigue siendo necesario reclamar el derecho a conocer el patrimonio público, costeado por todos los ciudadanos, y, en el caso de las viviendas, exigir especialmente una más eficiente utilización de un recurso público especialmente necesario en momentos como el actual, con graves urgencias sociales.

Hay que volver a recordar que el déficit de información no es consecuencia de la falta de medios o de hipotéticas dificultades técnicas. Es, sencillamente, un problema de voluntad política.

lunes, 18 de enero de 2016

La venta del suelo público o cómo anteponer el precio de un solar al valor de la ciudad.



En los Blogs TerritorioyVivienda y La vivienda: más madera se han publicado recientemente sendas reflexiones cuestionando la aprobación por parte del Ayuntamiento de Madrid del Plan Parcial de Reforma Interior de la calle Raimundo Fernández Villaverde, 50 en el que se construirán 355 viviendas de lujo.

Los medios lo han publicitado como la culminación de un caso más de venta de un suelo público por el que se obtiene un elevado precio a pesar de que la situación del mercado no sea la más favorable (111 millones de euros que ingresa el Ministerio de Defensa). No parece haber sensibilidad ante la incalculable, pero sí imaginable, pérdida del valor que otros usos dotaciones públicos de ese solar podrían haber aportado como mejora de la ciudad, de la calidad de vida de todos los madrileños actuales y futuros.

Las decisiones de Defensa y del Ayuntamiento de Madrid favorecen a un reducido grupo de ciudadanos que van a poder disfrutar de una vivienda de lujo en un emplazamiento privilegiado, haciendo a la vez una lucrativa inversión. Aceptando que se trata de intereses lícitos, estos ciudadanos podrían haberlos satisfecho con la oferta ya existente en la ciudad, incluso en la misma zona.

Sin entrar en los detalles concretos de la venta o del Plan Parcial, hay que preguntarse cómo los responsables del Urbanismo de Madrid pueden justificar estas pérdidas de patrimonio público contrarias a la defensa del interés general